martes, 23 de octubre de 2012

ESTATUTO DE INDEPENDENCIA DE CADIZ..jajaja..




Y después vendrá el Cantón de Cartagena, que también tiene derecho...
 
   Al igual que los Catalanes ya tienen el suyo y con el derecho que nos
pertenece, presentamos aquí el Estatuto de Independencia de la Ciudad de
Cádiz.
Cádiz, ejerciendo el derecho que le reconoce la Constitución que ella misma
parió en 1812, manifiesta su voluntad de constituirse en Reino Independiente
de Andalucía, región autonómica cuya Junta ha estado dándole por saco hasta
este momento.
Titulo Preliminar. Disposiciones Generales.
Artículo 1.- Cádiz, Tacita de Plata, Cuna de la Libertad, es un Imperio, o
por lo menos lo vale. Su sistema de Gobierno es la República.
Artículo 2. - El Reino de Cádiz está compuesto por los territorios
históricos actuales, de Cortadura al Faro Las Puercas, más los que se
reclaman por razones de residencia de los gaditanos sin dinero para vivir en
Cai-Cai, y que son: Puerto Real, La Isla y Chiclana. Se reclaman también los
Territorios de Castellón colonizados por gaditanos desde hace una década.
Valdepeñas, que aunque es de Ciudad Real, en donde nos lo hemos bebido de
entero y pleno ha sido aquí.
Artículo 3.- El escudo estará compuesto por lo que está compuesto y que
Andalucía nos copió, "en Cádiz hay que mamar". Ya saben: Hércules con los
dos leones que en Cádiz no tiene rima.
Artículo 4. - El Himno de Cádiz, a diferencia de su vecina Ex-Paña, tiene
letra, y dice así: "Aaaaaaaaaquellos duros antiguos que tanto en  Cai ......".
Artículo 5.- Por el culo te la hinco.
Artículo 6 .- Serán ciudadanos de Cádiz todos aquellos nacidos en Cai-Cai,
en el Mora, en la Residencia, en el Hospital de Puerto Real, en los
territorios citados en el artículo 2, y en las posesiones de Ultramar, La
Habana es Cai con más negritos, así como en los ultramarinos de los
chicucos. Los más jartibles serán considerados gaditas.
El Título Segundo no es menos intervencionista que el proyecto catalán. He
aquí algunos de sus artículos:
Artículo 1. La moneda del Imperio es el Leuro, divisible a su vez en 100
séntimos. El pelote queda fuera de circulación.
Artículo 2 .- La unidad de medida es la Mijita de Freidor.
Artículo 3. - El bastinazo es la medida de capacidad de asombro y de
rechazo, al mismo tiempo.
Artículo 4 - La república de Cádiz protegerá especialmente La Caleta, que es
plata quieta, que quedará blindada para evitar su trasvase a las coplas de
otros carnavales.
Artículo 5 .- Como hay quien dice que Cádiz no tiene fiestas, la Semana
Santa, el Carnaval, Los Juanillos, Tosantos , las barbacoas del Carranza y
el Corpus serán siempre festivos, por cohones, y el Lunes de Carnaval,
Fiesta Nacional Gadita.
Articulo 6.- Los colores oficiales de Cádiz son el morao del pendón y me han
dicho que el amarillo.
Artículo 7.- La comida nacional es la caballa asá, pero fuera parte tenemos
los chocos de trasmallo, el bacalati con tomati, la priñaca, la ensaladilla
pá cogé esconchones, el menudo, el montadito de pringá, y el arroz, que
acaba de salir. La bebida nacional es el tinto de verano.
Artículo 8 - Quedan prohibidas en todo el territorio las ferreterías y
todo tipo de industrias del Bricolage.
Disposiciones adicionales. Artículo Único.
El poder en la república de Cádiz emana del pueblo. Y como Cádiz tiene tantos pueblos que
vienen a jalear al Real Madrid y al Barsa se nombrará presidente de la Républica al alcalde de Cádiz que tendrá que ser nacido en los
territorios de Cádiz.
Que arte hay en Cái, pero cuanta guasa tenemos jajjaajajajaajajaja
  

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